Residencia de larga duración
La residencia de larga duración en España permite a los extranjeros vivir y trabajar en el país de manera indefinida, sin necesidad de renovar su permiso de residencia. Esta autorización es una excelente opción para aquellos que han residido en España por un período prolongado y desean establecerse de manera estable. Además de ofrecer derechos similares a los de los ciudadanos españoles, proporciona un alto nivel de seguridad jurídica y estabilidad para quienes la obtienen.
Beneficios
1. Acceso al Mercado Laboral
Con la residencia de larga duración, no es necesario tener un contrato de trabajo específico para poder trabajar en España. Los titulares pueden laborar en cualquier sector sin restricciones.
2. Acceso a Servicios Públicos
Los residentes de larga duración tienen derecho a acceder a servicios de salud, educación y otros beneficios sociales, lo que les garantiza una calidad de vida más alta.
3. Estabilidad Legal e Inmigratoria
Esta residencia proporciona seguridad jurídica al permitir que el titular viva y trabaje en España de manera indefinida, sin necesidad de renovaciones periódicas.
4. Facilidad para viajar dentro de la UE
Los titulares pueden viajar libremente dentro de los países miembros de la Unión Europea, lo que les da mayor flexibilidad para moverse dentro de la zona Schengen sin necesidad de visado.
Requisitos
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Formulario de solicitud
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Haber residido legalmente y de forma continuada en España durante los 5 años anteriores a la solicitud.
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Se permiten ausencias de hasta 6 meses seguidos, siempre que el total de ausencias no supere 10 meses en esos 5 años.
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Si las ausencias fueron por motivos laborales, pueden ser de hasta 18 meses en esos 5 años.
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Casos específicos:
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Tiempo de estudios, movilidad, voluntariado o formación:
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Si estuviste en España con visa de estudios, movilidad, voluntariado o formación, se cuenta solo el 50% del tiempo en esas situaciones.
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Debes estar residenciado legalmente en España cuando presentes la solicitud.
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Si tienes una Tarjeta Azul-UE:
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Debes haber acumulado 5 años de residencia legal en la UE (de los cuales 2 años deben ser en España).
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Las ausencias dentro de la UE pueden ser de hasta 12 meses seguidos, siempre que no superen los 18 meses en esos 5 años.
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Si tienes protección internacional:
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Si tienes la condición de beneficiario de protección internacional en España, se contará todo el tiempo desde que solicitaste la protección hasta que obtuviste la residencia.
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Acreditar recursos fijos y regulares para su manutención y la de su familia.
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Acreditar seguro de enfermedad.
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Pasaporte o título de viaje en vigor, con una vigencia mínima de un año.
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Si fuese el caso, documentación acreditativa de los periodos de residencia previa en otro estado miembro como titular de una tarjeta azul-UE, alta cualificación, investigación, etc.
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Acreditar inexistencia de antecedentes penales en los últimos cinco (5) países donde hubiese vivido.
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Acreditar el pago de la tasa administrativa.
CONCESIÓN: Cinco años.
TRÁMITES POSTERIORES A LA CONCESIÓN: Una vez que tu visa haya sido autorizada, deberás solicitar personalmente la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tramitaste la autorización. Este trámite debe realizarse dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión.