Nacionalidad Española
Si llevas 2 años de residencia legal en España como iberoamericano —o el plazo que te corresponda por nacionalidad— te acompañamos en todo el proceso.
Abogadas especialistas en derecho de extranjería, en Barcelona y en toda España. Atención bilingüe español/inglés.
Los 50€ son descontables del presupuesto del trámite
El proceso de nacionalidad puede ser confuso, lento y lleno de detalles
Si estás pensando en pedir la nacionalidad española, probablemente ya te has encontrado con:
✓ Información contradictoria sobre cómo se computan los años de residencia
✓ Páginas oficiales con plazos que no se cumplen
✓ Documentación que pide cada ciudad y registro de forma distinta
✓ Exámenes DELE y CCSE que generan ansiedad
✓ Foros con casos que no se parecen al tuyo
Tras la solicitud, los expedientes tardan entre 12 y 24 meses en resolverse desde el Ministerio de Justicia.
Un error en la presentación puede suponer meses extra de espera, una denegación o incluso tener que iniciar un recurso.
Por eso es importante hacerlo bien desde el principio.
¿Puedes pedir la nacionalidad española por residencia?
El Código Civil español permite acceder a la nacionalidad española por residencia con distintos plazos según tu situación. Estos son los principales casos:
-
10 años para el resto de nacionalidades (régimen general)
-
5 años para refugiados
-
2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí
-
1 año en situaciones particulares (matrimonio con español/a, nacidos en España, descendientes de españoles, entre otros)
Además del tiempo de residencia, todos los solicitantes deben acreditar la ausencia de antecedentes penales en España y en su país de origen, así como demostrar un grado adecuado de integración mediante los exámenes DELE A2 (idioma) y CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales de España).
Si tu situación no encaja exactamente en estos casos o tienes dudas sobre el cómputo de años, te lo aclaramos en la consulta inicial.
Los 50€ son descontables del presupuesto del trámite